La JEP fijó los días 7, 8 y 9 de abril de 2027 para la audiencia pública en la que seis exjefes del último Secretariado de las Farc-EP deberán responder por el reclutamiento y la utilización de niñas y niños, y por las violencias que esos menores sufrieron dentro de la guerrilla. Los convocados son Rodrigo Londoño, Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo, Pastor Alape y Julián Gallo. Las tres jornadas se realizarán ante las víctimas y el país, según informó la Jurisdicción Especial para la Paz.
La decisión quedó consignada en el auto 04 de 2026, con ponencia de la magistrada Lily Rueda. Allí, la Sala de Reconocimiento de Verdad encontró de manera preliminar que las manifestaciones de reconocimiento presentadas por los comparecientes reúnen los elementos básicos en las dimensiones fáctica, jurídica y restaurativa. Por eso los cita a audiencia. La diligencia marca el inicio de la fase restaurativa del Caso 07, el proceso que investiga el reclutamiento y uso de menores y los crímenes cometidos contra ellos en las filas. También será el escenario para fortalecer el reconocimiento de responsabilidad de quienes integraron la máxima dirección de esa organización armada.
Ese reconocimiento todavía no es definitivo. La JEP realizará la valoración final más adelante, en una resolución de conclusiones, si se cumplen los requisitos para continuar por la vía dialógica. El auto deja claro que la audiencia es un paso intermedio dentro del proceso restaurativo, no la decisión final sobre la responsabilidad de los excomandantes.
La audiencia abordará inicialmente los patrones de reclutamiento y utilización de menores, así como los malos tratos, las torturas y los homicidios intrafilas. Las violencias reproductivas, sexuales y por prejuicio tendrán sesiones diferenciadas. La JEP explicó que esa separación responde a la gravedad de los daños y a la necesidad de garantizar acompañamiento especializado, seguridad y evitar la revictimización de quienes las padecieron.
En el mismo auto, la jurisdicción mantuvo la calificación como crimen de guerra del reclutamiento, alistamiento y utilización de niñas y niños de 15, 16 y 17 años a partir del 25 de junio de 2005. La decisión se adoptó pese a las observaciones que formularon los comparecientes, quienes cuestionaron esa calificación jurídica. La Sala no dio marcha atrás en ese punto, lo que mantiene la base jurídica para juzgar esas conductas como crímenes de guerra.
Al terminar todas las sesiones, la Sala presentará una única resolución ante el Tribunal para la Paz. Ese tribunal tendrá a su cargo adoptar la sentencia e imponer las sanciones propias que correspondan. Hasta entonces, el reconocimiento de responsabilidad de los exjefes guerrilleros queda en un terreno preliminar, sujeto a lo que la jurisdicción determine después de escucharlos frente a las víctimas.