La Jurisdicción Especial para la Paz llamó a nueve antiguos mandos regionales de las Farc-EP a reconocer su responsabilidad por torturas, ejecuciones sin juicio y violencias reproductivas contra menores reclutados. La decisión, contenida en los autos 02 y 03 de 2026 del Caso 07, documenta al menos 104 víctimas de tortura, 62 niños y niñas ejecutados y 91 menores sometidas a abortos forzados. Cinco de los comparecientes deberán responder además por el patrón de violencia reproductiva.
Según la Sala de Reconocimiento de Verdad, con ponencia de las magistradas Lily Rueda y Belkis Izquierdo, la investigación encontró bases suficientes para determinar que 28 menores sufrieron tratos crueles y 208 fueron sometidos a condenas y ejecuciones sin garantías. Dentro de ese último grupo, al menos 62 fueron fusilados por estructuras de la antigua guerrilla.
Los castigos documentados por la JEP podían terminar en muerte por conductas cotidianas: quedarse dormido durante una guardia, intentar comunicarse con la familia, fumar un cigarrillo, expresar deseos de volver a casa o comerse una panela sin autorización. También se imponían condenas a menores que se negaban a torturar secuestrados o que denunciaban abusos sexuales cometidos por comandantes.
La Sala sostiene que estas prácticas no fueron hechos aislados. Ocurrieron dentro de una organización jerarquizada que controlaba todos los aspectos de la vida de sus integrantes mediante amenaza, miedo, vigilancia permanente y prohibición de abandonar las filas. Quienes intentaban escapar podían ser maltratados o fusilados.
La violencia también se extendió a los entrenamientos y operaciones militares. Según los testimonios recopilados, los menores eran obligados a cargar armamento y explosivos, instalar minas antipersonales, participar en enfrentamientos sin preparación suficiente y transportar compañeros heridos o fallecidos. Algunos fueron utilizados como escudos en combate.
El segundo patrón investigado expone el control sobre los cuerpos y la vida reproductiva de las mujeres reclutadas. La JEP encontró que la organización estableció una política formal de anticoncepción y control de natalidad, aprobada en la Octava Conferencia Nacional Guerrillera de 1993. Esa política terminó convirtiéndose en una prohibición de la maternidad y la paternidad dentro de las filas, pero las obligaciones recayeron particularmente sobre las mujeres.
La investigación documentó al menos 218 víctimas de violencias reproductivas, que sufrieron 356 hechos. De esos hechos, 313 ocurrieron cuando las afectadas todavía eran niñas. Se identificaron 156 mujeres sometidas a anticonceptivos forzados y 91 que denunciaron abortos forzados. En varios casos, los procedimientos se practicaron sin personal especializado, sin condiciones médicas adecuadas y sin consultar la voluntad de las menores.
La gravedad de estos hechos quedó reflejada también en la documentación de dos asesinatos de recién nacidos que sobrevivieron a procedimientos abortivos, pero murieron por falta de atención médica o por otras acciones. Además, la Jurisdicción identificó 11 casos de entrega forzosa de hijos e hijas a terceras personas, lo que impidió a sus madres ejercer libremente la crianza.
Por el patrón de torturas, malos tratos y ejecuciones sin garantías, la Sala llamó a reconocer responsabilidad a Rodolfo Restrepo Ruiz, alias ‘Víctor Tirado’; Fabián Ramírez Cabrera; Floresmiro Burbano, alias ‘Martín Corena’; Darío Lee Díaz, alias ‘Robledo’; Ángel Alberto García Sánchez, alias ‘Hernán Benítez’; Luis Óscar Úsuga Restrepo, alias ‘Isaías Trujillo’; Jesús Mario Arenas Rojas, alias ‘Marcos’; Edgar López Gómez, alias ‘Pacho Chino’, y Abelardo Caicedo Colorado, alias ‘Solís Almedia’.
Cinco de ellos, Restrepo, Ramírez, Burbano, Úsuga y Arenas, también fueron llamados por violencias reproductivas. La JEP sostiene que, desde sus posiciones de mando regional, tuvieron capacidad de decisión, dirección y control sobre la implementación de estas prácticas en los territorios bajo su autoridad. Por eso los llamó a reconocer su responsabilidad como coautores mediatos.
El proceso deja al descubierto la dimensión del reclutamiento. La Jurisdicción estableció que, entre 1971 y 2016, al menos 18.677 niños y niñas fueron reclutados por las antiguas Farc-EP. La práctica involucró a todos los bloques de la organización y se extendió por el territorio nacional, con excepción de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. A esto se suma la búsqueda de 533 menores reclutados que continúan desaparecidos. Como parte de ese trabajo, se han entregado dignamente 43 cuerpos, 28 de ellos correspondientes a víctimas de reclutamiento.
Los nueve comparecientes tienen un plazo máximo de 30 días calendario para pronunciarse sobre los hechos, la calificación jurídica y su responsabilidad individual. Deberán decidir si reconocen o no su responsabilidad. Si alguno la niega, su proceso podrá pasar a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP para el trámite adversarial. En caso de ser acusado y vencido en juicio, podría enfrentar una pena de hasta 20 años de prisión.